<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><OAI-PMH xmlns="http://www.openarchives.org/OAI/2.0/" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance"     xsi:schemaLocation="http://www.openarchives.org/OAI/2.0/ http://www.openarchives.org/OAI/2.0/OAI-PMH.xsd"><responseDate>2026-04-05T20:08:07Z</responseDate><request verb="GetRecord" identifier="oai:regmurcia.com:fintegr.2080" metadataPrefix="marc21">http://oai.regmurcia.com/oai2/oai2.php</request><GetRecord><record><header><identifier>oai:regmurcia.com:fintegr.2080</identifier><datestamp>2026-04-05</datestamp><setSpec>documentos</setSpec></header><metadata><record  xmlns="http://www.loc.gov/MARC21/slim" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://www.loc.gov/MARC21/slim http://www.loc.gov/standards/marcxml/schema/MARC21slim.xsd" type="Bibliographic"><leader>00000nam a2200000   4500</leader><controlfield tag="001" >004927044</controlfield><controlfield tag="003" >2080</controlfield><controlfield tag="004" >A00000000</controlfield><datafield tag="245" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Expediente sobre la presentación de una cédula y una provisión de los Reyes Católicos ordenando que los regidores y jurados de Murcia no vivieran ni sirvieran al Adelantado ni a otros caballeros.</subfield></datafield><datafield tag="300" ind1=" " ind2=" "><subfield code="c">220 x 160, 146 x 216, 220 x 305, 303 x 220 mm.</subfield></datafield><datafield tag="300" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">18 fol.</subfield></datafield><datafield tag="351" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Unidad documental</subfield><subfield code="c">Archivo de Murcia. Array</subfield><subfield code="a">Unidad documental</subfield><subfield code="c">Archivo de Murcia. Array</subfield></datafield><datafield tag="351" ind1=" " ind2=" "><subfield code="b">Nº 27</subfield></datafield><datafield tag="506" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Acceso restringido</subfield></datafield><datafield tag="510" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Pub. (en parte) MORATALLA COLLADO, ANDREA. Documentos de los Reyes Católicos 1475-1491. Murcia: Academia Alfonso X el Sabio, 2003, pp. 370-371</subfield></datafield><datafield tag="520" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Contiene:&lt;br&gt;- Presentación, por parte, del regidor Juan Vicente, de una cédula y una provisión de los Reyes Católicos. (1482-3-5. Murcia). Fol. 1r-v&lt;br&gt;- Cédula de Fernando el Católico al corregidor de Murcia, ordenando que haga cumplir en la ciudad la prohibición de que los regidores y jurados vivan y sirvan al Adelantado y a otros caballeros notorios, llevando acostamiento y recibiendo de ellos tierras y bienes. (1481-12-23. Valencia). Fol. 2r-v&lt;br&gt;- Provisión de los Reyes Católicos al concejo de Murcia, quejándose de que ciertos regidores y jurados de Murcia viven y sirven al Adelantado y otros caballeros, y ordenando cumplir una ordenanza de Juan II prohibiendo dichas prácticas, bajo pena de perder sus oficios. Se reitera también que los hombres encargados de mantener caballo y armas no pueden tener estos oficios, que éstos tampoco pueden ser tenidos al mismo tiempo por padre e hijo o entre hermanos, y que corresponde al rey el nombramiento de estos cargos a través del procedimiento de la terna de candidatos. (1480-9-15. Medina del Campo). Fol. 3r-v&lt;br&gt;- Presentadas las cartas reales, Juan Vicente pide el cumplimiento de las mismas, de lo que el regidor Alfonso Abellán se muestra receloso. (1480-3-5. Murcia). Fol. 4r-5v&lt;br&gt;- El corregidor manifiesta que las órdenes del rey serán cumplidas, y pide a Juan Vicente le proporcione el nombre de los regidores y jurados que han estado incurriendo en estas prácticas. Algunos de ellos son los regidores Alfonso Abellán, Rodrigo de Soto, Juan de Ayala y Pedro Riquelme, y los jurados Gregorio Salad, Bernad Pardo, Miguel Sánchez, Fernando Mateos y Antón de Petrel, a los que el corregidor dice que ejecutará las penas correspondientes. (1482-3-6. Murcia). Fol. 5v-6r&lt;br&gt;- Alfonso Abellán presenta un escrito en el que manifiesta no aceptar las órdenes del rey, pues siempre en la ciudad regidores y jurados han tenido libertad de elección y movimiento. (1482-3-7. Murcia). Fol. 6v-8r&lt;br&gt;- Pedro Riquelme presenta un escrito en el que alega lo mismo que Alfonso Abellán. (1482-3-8. Murcia). Fol. 8r-v&lt;br&gt;- Juan Vicente se queja de que aún no se ha cumplido la orden del rey, a lo que el corregidor responde se hará en breve. (1482-3-9. Murcia). Fol. 8v-10v&lt;br&gt;- Juan de Ortega de Avilés y Miguel Sánchez niegan vivir con el Adelantado ni llevar acostamiento de éste. (1482-3-9. Murcia). Fol. 10v&lt;br&gt;- Juan de Ayala y Rodrigo de Soto no aceptan lo ordenado, manifestando que solamente lo harán si reciben una nueva carta del rey. (1482-3-9. Murcia). Fol. 10v-11r&lt;br&gt;- Juan de Valladolid, Diego Gil y Juan Fernández dicen que los reyes establecieron ordenanzas sobre este asunto en las Cortes de Toledo, las cuales difieren de las últimas cartas recibidas, por lo que piden se aclare la situación para poder servir mejor a la Corona. (1482-3-9. Murcia). Fol. 11r-v&lt;br&gt;- Alfonso de Palazol, escribano del concejo, notifica las muchas quejas existentes por parte de los regidores y jurados de la ciudad sobre esta cuestión, los cualespretenden llevar a cabo una apelación a los reyes. (1482-3-10. Murcia). Fol. 12r-v&lt;br&gt;- Alfonso Abellán, en nombre de otros regidores y jurados, notifica la protesta y apelación contra la orden de los reyes. (1482-3-11. Murcia). Fol. 12v-14r&lt;br&gt;- Juan Vicente manifiesta que dicha apelación no debe ser aceptada, pues lo ordenado por los reyes no es nada nuevo, sino que ya había sido establecido en ordenanzas anteriores. (1482-3-11. Murcia). Fol. 14r-15v&lt;br&gt;- El corregidor acepta la apelación, la cual deberá tramitarse por los cauces correspondientes. (1482-3-12. Murcia). Fol. 15v-16r&lt;br&gt;- El escribano del concejo notifica dicha apelación por parte de ciertos regidores y jurados de la ciudad. (1482-3-13. Murcia). Fol. 16v&lt;br&gt;- Los regidores y jurados implicados en este asunto nombran como procuradores de su causa a Alfonso Abellán, Diego Riquelme y Francisco Abellán, para que tramitan la apelación y defiendan sus intereses ante los reyes. (1482-3-10. Murcia). Fol. 17r-18r&lt;br&gt;</subfield></datafield><datafield tag="583" ind1=" " ind2=" "><subfield code="u">http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&amp;sit=serv,Carmesi&amp;n=/01/1378/indice.djvu</subfield></datafield><datafield tag="592" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">1482-03-09/1482-03-13</subfield></datafield><datafield tag="592" ind1=" " ind2=" "><subfield code="d">1482-03-13 00:00:00</subfield></datafield><datafield tag="651" ind1=" " ind2=" "><subfield code="a">Murcia</subfield></datafield><datafield tag="786" ind1=" " ind2=" "><subfield code="o">http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&amp;sit=serv,Carmesi&amp;n=/01/1378/indice.djvu</subfield></datafield><datafield tag="856" ind1=" " ind2=" "><subfield code="u">http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=DETALLE&amp;sit=c,373,m,139,serv,Carmesi&amp;id=2080</subfield></datafield></record></metadata></record></GetRecord></OAI-PMH>
