2024-03-28T19:13:43Zhttp://oai.regmurcia.com/oai2/oai2.phpoai:regmurcia.com:fintegr.17342024-03-28documentos00000nam a2200000 45000030157881734A00000000Testimonio del pleito entre Juan de Huete y Gonzalo García por razón de la posesión del Charco del Puerco.220 x 155, 310 x 210, 265 x 310 mm.14 fol.Unidad DocumentalArchivo de Murcia. ArrayUnidad DocumentalArchivo de Murcia. ArrayNº 105Acceso restringidoLos folios 11r-14r son una transcripción del siglo XVII.El documento contiene:</br>- Testimonio del pleito entre Juan de Huete y Gonzalo García por razón de la posesión del Charco del Puerco. El primero se queja ante Manuel de Arróniz y Beltrán de Guevara, que actúan como jueces en este caso, manifestando que Gonzalo García ha ocupado ilegalmente este terreno, pues se trata de una propiedad de realengo y por tanto de uso común. Éste impide, entre otras cosas, que los vecinos puedan llevar allí a sus bestias a beber agua. (1496-2-15. Murcia). Fol. 1r-v</br>- Juan de Huete presenta por testigos a Bartolomé Jover, Alfonso Jover y Miguel de Trujillo, los cuales manifiestan que el Charco del Puerco ha sido siempre de uso común y por tanto Gonzalo García no debe vedar la entrada a este terreno. (1496-2-19. Murcia). Fol. 1v-3r</br>- Manuel de Arróniz falla a favor de Juan de Huete y ordena a Gonzalo García que permita la libre entrada de los vecinos al Charco del Puerto. Éste dice que apelará la sentencia. (1496-3-2. Murcia). Fol. 3r-4r</br>- Gonzalo García apela la sentencia dada por Manuel de Arróniz ante Juan de Cascales y Sancho de Arróniz, a la sazón jueces en este caso. (1496-3-9. Murcia). Fol. 4r-v</br>- Gonzalo García presenta ante los jueces un escrito de agravios, manifestando que la sentencia perjudica sus intereses. Considera que el único interés de Juan de Huete consiste en llevar sus bueyes al Charco del Puerco, lo cual ocasionará graves daños en los cultivos que circundan la charca. Además, él se encarga de cuidar el terreno, cosa que no ocurría cuando era de uso común. (1496-3-11. Murcia). Fol. 4v-6r</br>- Juan de Huete vuelve a alegar que este terreno es de uso común, por lo que de nada sirven las excusas de Gonzalo García. Por su parte, éste presenta por testigos a Sancho Jiménez de la Santera y Juan de Letor, que manifiestan que la charca es muy pequeña y ciertos vecinos acudían con sus acémilas, pero nunca con bueyes, y dicen también que la tierra era de uso común hasta que fue adquirida por Gonzalo García. (1496-3-18. Murcia). Fol. 6r-7v</br>- Juan de Cascales y Pedro de Zambrana consideran que la sentencia que dio Manuel de Arróniz es válida y vuelven a fallar a favor de Juan de Huete, debiendo Gonzalo García permitir el libre acceso de los vecinos al Charco del Puerto. (1496-4-2. Murcia). Fol. 7v-9v</br>- Transcripción del original. (siglo XVII). Fol. 11r-14rhttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&sit=serv,Carmesi&n=/01/1452/indice.djvu1496-02-15/1496-04-021496-04-02 00:00:00Murciahttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&sit=serv,Carmesi&n=/01/1452/indice.djvuhttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=DETALLE&sit=c,373,m,139,serv,Carmesi&id=1734