2024-03-28T10:05:49Zhttp://oai.regmurcia.com/oai2/oai2.phpoai:regmurcia.com:fintegr.20182024-03-28documentos00000nam a2200000 45000030149122018A00000000Testimonio del enfrentamiento entre el concejo de Murcia y el corregidor Diego López Portocarrero por haber estado más tiempo en el cargo que el estipulado en las leyes y por negarse a hacer juicio de residencia.222 x 160 mm.53 fol.Unidad DocumentalArchivo de Murcia. ArrayUnidad DocumentalArchivo de Murcia. ArrayNº 26El documento contiene:
- Testimonio de presentación ante el concejo de Murcia por parte de Pedro de Luna, en nombre del corregidor Diego López Portocarrero, de una carta de poder y una carta del rey. (1460-12-07. Murcia). Fol. 1r-v
- Carta de poder del corregidor Diego López Portocarrero a Pedro de Luna, para que vaya a Murcia y cobre en su nombre lo que la ciudad le debe de su salario. (1460-12-06. Murcia). Fol. 1v-3r
- Provisión de Enrique IV al concejo de Murcia, comunicando que suspende del cargo de corregidor a Diego López Portocarrero, quedando en adelante Pedro de Castro como asistente real. Por ello ordena que se le pague el salario que se le debe y se le permita salir libremente de la ciudad, aunque no haya hecho juicio de residencia. (1460-10-06. Segovia). Fol. 3r-4r
- Presentada la carta, Pedro de Luna exige su cumplimiento. El concejo dice que dará su respuesta. Fol. 4r-5r
- Respuesta del concejo. Se niega a pagar dinero alguno a Diego López Portocarrero, esgrimiendo varias razones: habían dado los oficios de justicia a otras personas, éste se encuentra obligado a hacer residencia según las leyes reales, ha cometido muchos agravios e injusticias en la ciudad, debe 20.000 maravedís al concejo, y en general la carta va en contra de los privilegios y usos y costumbres de la ciudad. (1460-12-10. Murcia). Fol. 5r-7v
- Testimonio de cómo los jurados de Murcia eligieron a Beltrán de Escortel para que hiciese una petición a los regidores en nombre de ellos. (1460-08-23. Murcia). Fol. 8r-v
- Petición de Beltrán de Escortel a los regidores, en nombre de los jurados de Murcia, solicitando que no se pague salario alguno a Diego López Portocarrero, pues en tres años y medio que lleva en el cargo no ha hecho ningún juicio de residencia. Fol. 8v-10r
- El concejo de Murcia da poder a los regidores Diego Riquelme y Juan de Cascales y a los jurados Beltrán de Escortel y Alfonso Pedriñán para que comuniquen esto al corregidor. Fol. 10r-11r
- Los representantes del concejo requieren al corregidor que haga juicio de residencia, transcribiendo para ello una ley de Juan II que ordena a los corregidores hacer residencia en un plazo de 50 días una vez dejado el cargo, ya que éste ha permanecido como corregidor más tiempo que el estipulado en las leyes. Fol. 11r-13v
- Respuesta del corregidor. No acepta las pretensiones del concejo, pues su poder proviene del rey y mientras éste no lo revoque seguirá en su cargo, ordenando al concejo que no cometa más escándalos pues perjudica a la ciudad y al rey. Fol. 13v-15r
- El concejo otorga poder al regidor Pedro de Escarramad y al jurado Pedro Ferrete para que lleven a cabo las diligencias oportunas contra el corregidor. Fol. 15r-v
- Los representantes del concejo manifiestan a Gonzalo Sánchez de Belmonte, alcalde y lugarteniente del corregidor, que establecen sospecha contra Diego López Portocarrero. Fol. 15v-16r
- Los representantes del concejo presentan un escrito y un fragmento de unas leyes de JuanII. No reconocen a Diego López Portocarrero como corregidor, pues ha superado el año y 4 meses que las leyes estipulan como máximo tiempo del corregidor en el cargo. (1460-08-27. Murcia). Fol. 16r-20r
- Fragmento de leyes de Juan II, que estipulan que los corregidores no estén más de ese tiempo en el cargo, que hagan residencia y que si cometen agravios e injusticias se les revoque su oficio y se les obligue a devolver su salario. (1422. Valladolid). Fol. 20r-23r
- Ciertos regidores aconsejan esperar las noticias que Antón Saorín ha de traer de la corte, mientras tanto el escribano del concejo manifiesta estas leyes al corregidor y a su alcalde. Fol. 23r-v
- El concejo acuerda que puesto según las leyes Diego López Portocarrero no es ya corregidor, pueden nombrarse alcaldes ordinarios, cargos que recaen en Pedro de Soto y Alfonso Abellán. Fol. 23v-24v
- El concejo acuerda aceptar esos nombramientos y ordena pregonar que nadie entre en conflicto con Diego López Portocarrero, pues siguhttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&sit=serv,Carmesi&n=/01/1286/indice.djvu1460-08-23/1460-12-071460-12-07 00:00:00Murciahttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=VERDOCUMENTO&sit=serv,Carmesi&n=/01/1286/indice.djvuhttp://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?METHOD=DETALLE&sit=c,373,m,139,serv,Carmesi&id=2018